La Diputación Provincial de Alicante ha abierto la convocatoria para la solicitud de subvenciones nominativas a Ayuntamientos de provincia para empresas afectadas económicamente por la situación actual.
Así mismo, el Ayuntamiento de Benidorm por su lado, ha aprobado dos ayudas dirigidas a empresas, pymes, comercios o autónomos del municipio con el objetivo de reducir el impacto económico producido por la pandemia del covid-19 en el comercio local.
Estas ayudas serán financiadas como hemos expuesto anteriormente al 100% por fondos procedentes de la Diputación Provincial de Alicante.
¿Quién puede solicitar esta subvención?
Los destinatarios de esta ayuda son personas jurídicas o físicas constituidas como tal en el momento de la presentación de la solicitud. Pymes o autónomos que tengan su actividad dentro del municipio de Benidorm con acta censal en agrupaciones, grupos o epígrafes del IAE correspondientes a la agrupación 65 (exceptuando los grupos 652 y 655; y los epígrafes 6532, 6534, 6535 y 6592).
¿Cuánto es la cuantía máxima?
Se subvencionará al 100% aquellos gastos justificados y pagados excluyendo los impuestos indirectos con un límite de 400 euros por establecimiento.
En caso de que no se reciban suficientes solicitudes para gastar el crédito del que dispone esta ayuda, la cuantía recibida podría ascender hasta 2000 euros por beneficiario, siempre que se justifiquen gastos pagados y justificados iguales o superiores a esa cantidad.
Cuando una misma persona física o jurídica presente una solicitud para varios establecimientos, la cuantía máxima a percibir no puede superior a 2000 euros por todas ellas.
¿Cuál es el plazo de presentación para solicitarla?
El plazo para poder solicitar estas ayudas finaliza el próximo 12 de noviembre hasta las 23:59.
¿Cuáles son los requisitos de solicitud?
Entre los requisitos para esta solicitud se encuentran.
1. Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a día 14 de marzo de 2020, cuando se decretó el estado de alarma debido al covid-19.
2. Tener la actividad suspendida debido a las medidas adoptadas por el Real decreto 463/2020 del mismo día 14 de marzo, o bien si mantienes tu actividad, haber reducido mínimo un 50% la facturación de abril y mayo de este mismo año en relación con lo facturado entre el 14 de septiembre y el 13 de marzo de 2019. En caso de que la persona que lo solicita no lleve más de 6 meses de alta exigidos para certificar la reducción de ingresos, la valoración se realizará teniendo en cuenta ese periodo de actividad.
3. Que la actividad afectada no haya visto aumentado sus ingresos mediante facturación online o telefónico.
4. Que, como hemos comentado anteriormente, el establecimiento se encuentre dentro del municipio de Benidorm.
5. Que el solicitante esté al corriente de las obligaciones tributarias y que no tenga deuda pendiente.
6. Que no se encuentre dentro de ninguna de las circunstancias marcadas por el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Cómo puedo solicitar la ayuda?
Si quieres información o solicitar esta ayuda, puedes contactar con nosotros a través del departamento de administración de digitalDot. Te ayudaremos y asesoraremos en todo el proceso para que puedas solicitar esta ayuda económica para tu negocio y sobrellevar un poco más el peso de la crisis del COVID-19.
digitalDot, es una empresa de servicios informáticos que lleva años colaborando con la Cámara de Comercio de Alicante para el asesoramiento a empresas sobre posicionamiento web y marketing online.