Ayudas para el impulso de la Economía Social: IMPULSA-TEC
Apoyo a la modernización tecnológica de las empresas mediante la creación de plataformas digitales
Quiero más informaciónEl Ministerio de Trabajo y Economía Social publica la convocatoria de ayudas para el impulso de la Economía Social dotada con 99, 3 millones de euros.
Lo que necesitas saber de esta subvención
Ayuda para proyectos de modernización tecnológica en las empresas o entidades de la Economía Social, ya sea mediante la creación de plataformas digitales o la automatización de proceso o el uso de herramientas tecnológicas que aporten bienestar a la ciudadanía, especialmente en zonas rurales.
¿Quién puede solicitar la ayuda IMPULSA-TEC?
- Entidades representativas de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de cualesquiera otras entidades de la Economía Social.
- Entidades de la Economía Social que realicen actuaciones en el ámbito nacional, de acuerdo con lo que se recoge en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
- Agrupaciones de entidades cuando cumplan lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Requisitos para solicitar IMPULSA-TEC
Las entidades solicitantes deberán reunir, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener durante todo el período subvencionado, los siguientes requisitos:
a) Gozar de personalidad jurídica y estar legalmente constituidas, además de inscritas en el registro público correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa aplicable. Este requisito no es de aplicación para la figura de la agrupación, definida en el artículo anterior, pero sí para las entidades que la constituyen.
b) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una subvención ilegal e incompatible con el mercado común.
d) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014.
e) Cumplir con los requisitos adicionales que se establezcan para cada medida en la convocatoria.
Cuantías mínimas y máximas subvencionables de esta ayuda
Las cuantías mínima y máxima de las ayudas asociadas a cada proyecto vendrán determinadas en cada convocatoria. No obstante, la cuantía mínima de la subvención no podrá ser inferior a 10.000 euros, ni superar por proyecto la cantidad de 3,5 millones de euros.
¿Qué podemos ofrecerte desde digitalDot?
Podemos ayudarte con:
- Diseño, desarrollo y puesta en marcha de plataformas cooperativas digitales.
- Soluciones tecnológicas que mejoren la eficiencia en los procesos y en los servicios.
Plazo de presentación
El plazo de esta subvención permanecerá abierto hasta el próximo 27 de agosto del 2023.
La justificación de la subvención concedida se realizará por el mismo medio en que se hizo la presentación de la solicitud, dentro de los tres meses siguientes a la finalización de la actividad.
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